ANEXO I


PROCEDIMIENTO DE ALTAS, BAJAS, MODIFICACIÓN Y REHABILITACIÓN DE USUARIOS DEL SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Procedimiento para Altas de cuentas para nuevos usuarios al S.I.D.I.F.
 

1. Las altas de cuenta para nuevos usuarios deberán ser solicitadas a la DIRECCIÓN DE NORMAS Y SISTEMAS de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, mediante nota o por correo electrónico, a la dirección de correo electrónico cduro@meyosp.mecon.gov.ar con copia a rnieva@meyosp.mecon.gov.ar, la que deberá contener como mínimo las siguientes especificaciones:

- Nombre y apellido del funcionario para el cual se solicita el alta.

- Repartición a la cual pertenece el agente.

- Funciones que cumple y por las cuales solicita el acceso al S.I.D.I.F.

- Nivel de acceso solicitado y justificación del mismo.

- Teléfono del agente y si posee correo electrónico informará su dirección.

- En caso que el acceso se solicite por un período determinado, deberá especificarse el mismo.

- La nota deberá estar firmada por el Director Nacional o funcionario de nivel equivalente, para éstos por uno de rango superior.

2. La citada Dirección recepcionará la solicitud y procederá conforme se define en el Anexo II.

3. Una vez que la UNIDAD INFORMÁTICA procedió a otorgar la habilitación, comunicará el alta a la DIRECCIÓN DE NORMAS Y SISTEMAS, a fin que ésta actualice su registro de usuarios, e informe a la repartición del agente, que deberá proceder a retirar su respectiva clave de acceso.

Procedimiento para el cambio de funciones de accesos de usuarios al S.I.D.I.F.

Este procedimiento se utilizará cuando por razones del normal desempeño de sus funciones, se requiera para un agente que ya posee cuenta, la ampliación o restricción de sus niveles de acceso.

1. Dicha modificación deberá solicitarse a través de nota o correo electrónico a la DIRECCIÓN DE NORMAS Y SISTEMAS de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con los mismos requisitos descriptos en el punto 1 del alta de usuarios.

2. Una vez que la UNIDAD INFORMÁTICA efectúe la modificación, comunicará la misma a la DIRECCIÓN DE NORMAS Y SISTEMAS, a fin de que se actualice el registro de usuarios e informe a la repartición solicitante.

Procedimientos para Bajas de usuarios al S.I.D.I.F.

1. Las bajas de cuenta de los usuarios por cambio de función, renuncia, movimiento a otro sector, etc., deberán ser comunicadas de inmediato y por nota o correo electrónico a la DIRECCIÓN DE NORMAS Y SISTEMAS de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la que procederá a solicitar a la UNIDAD DE INFORMÁTICA de la SECRETARÍA DE HACIENDA la baja de la cuenta de acceso al S.I.D.I.F. de dicho agente.

2. Será responsabilidad del máximo funcionario de la repartición el cumplimiento de la obligatoriedad de informar las bajas.

Procedimiento de Rehabilitación de cuentas

1. Deberán ser solicitadas por nota a la DIRECCIÓN DE NORMAS Y SISTEMAS firmadas por el Director General o equivalente y para estos por uno de rango superior.

2. Dicha nota deberá contener:

- Motivo de la solicitud de rehabilitación
- Apellido y Nombre del Funcionario
- Login de la cuenta (Ej.: CGN001)
- Teléfono del agente y, si posee correo electrónico, su dirección.

Consideraciones Generales

1. Cuando un usuario no hubiera accedido al S.I.D.I.F. por un período de 60 (sesenta) días corridos, se procederá a bloquear su acceso al sistema en forma automática.

2. Las comunicaciones que surjan en el futuro de este procedimiento, ya sean internas o externas, serán efectuadas preferentemente por medios informáticos.

 

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Anexo II Disposición Nro 17/97 C.G.N. 

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