PROCEDIMIENTO PARA EL INGRESO DE REMANENTES DE EJERCICIOS ANTERIORES

A) PROCEDIMIENTO

I. SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS NO INCORPORADOS AL SISTEMA DE CUENTA ÚNICA DEL TESORO

Los SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS deberán ingresar los remanentes de ejercicios anteriores de la siguiente manera:

1) Confeccionarán, en forma interna y por lo tanto no presentarán a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, el pertinente C-41 "Orden de Pago", indicando la partida presupuestaria 9.3.1.0 " Gastos Figurativos de la Administración Nacional para Aplicaciones Financieras. Contribuciones a la Administración Central".

2) Asimismo, confeccionarán un Formulario C-10 "Informe de Recursos" (original y copia), siguiendo el procedimiento establecido por la Resolución Nº 562/94 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificaciones.

3) En el Formulario C-10 "Informe de Recursos" deberán marcar la casilla "Recaudación", formas de percepción "Banco" e imputando la partida 4.1.3.1 subconcepto 99 "Contribuciones de la Administración Central para Aplicaciones Financieras" ó 4.1.3.2 subconcepto 99 "Contribuciones de Instituciones Descentralizadas para Aplicaciones Financieras", según sea un Organismo de Administración Central o un Descentralizado, debidamente firmado por los responsables que correspondan.

4) Depositarán el monto, correspondiente a dicho concepto, en la cuenta bancaria Nº 2510/46 "Recaudaciones T.G.N." de la Sucursal Plaza de Mayo del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, mediante una boleta de depósito que deberán solicitar en la Dirección de Administración de Cuentas Bancarias de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, previa presentación del formulario C-10 antes mencionado.

5) Una vez efectivizado el depósito mencionado precedentemente, deberán presentar en la Dirección de Administración de Cuentas Bancarias de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, la boleta de depósito sellada por el Banco.

6) El personal de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN devolverá copia del Formulario C-10 "Informe de Recursos" debidamente intervenido y el complemento de la boleta de depósito como constancia definitiva del ingreso del remanente al Tesoro Nacional, siempre y cuando los mencionados formularios estén cubiertos en su totalidad.

7) Asimismo, deberán presentar, dentro de las 24 horas de efectuado el pago, una nota informando tal situación en la Unidad Gestión de Cobranzas de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN (piso 4, oficina 436), indicando fecha del efectivo pago y número de formulario C-75 "Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional".

8) Por último, deberán confeccionar y transmitir un Formulario C-75 "Ejecución Presupuestaria de Gastos de la Administración Nacional" indicando la partida presupuestaria 9.3.1.0 " Gastos Figurativos de la Administración Nacional para Aplicaciones Financieras. Contribuciones a la Administración Central".

II. SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS INCORPORADOS AL SISTEMA DE CUENTA ÚNICA DEL TESORO

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

1) Los SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS confeccionarán y transmitirán a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, un formulario C-41 "Orden de Pago", a favor del TESORO NACIONAL (Cuenta Recaudadora Nº 2510/46 de la Sucursal Plaza de Mayo del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA).

2) Dicha Orden de Pago se imputará contra la partida presupuestaria 9.3.1.0 "Gastos Figurativos de la Administración Nacional para Aplicaciones Financieras. Contribuciones a la Administración Central", con las características definidas en la Disposición Conjunta Nº 13/96 y 5/96 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, respectivamente.

3) Dentro de las 24 hs. de haber sido cancelado el Formulario C-41 "Orden de Pago", deberán informar tal situación a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN - Unidad de gestión de cobranzas (Piso 4 Oficina 436)-, mediante una Nota que contendrá el número asignado por el SIDIF y la fecha del efectivo pago de la mencionada Orden de Pago.

4) Asimismo, confeccionarán un Formulario C-10 "Informe de Recursos" (original y copia), siguiendo el procedimiento establecido por la Resolución Nº 562/94 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y modificatoria.

5) En el Formulario C-10 "Informe de Recursos" deberán marcar la casilla "Recaudación", formas de percepción "Banco" e imputando la partida 4.1.3.1 subconcepto 99 "Contribuciones de la Administración Central para Aplicaciones Financieras", debidamente firmado por los responsables que correspondan.

6) Dicho formulario será presentado en la Dirección de Administración de Cuentas Bancarias de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con indicación del número asignado por el Sistema Integrado de Información Financiera a la Orden de Pago que originó el ingreso.

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

1) Los ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS confeccionarán un formulario C-41 "Orden de Pago", interno, a favor del TESORO NACIONAL (Cuenta Recaudadora Nº 2510/46 de la Sucursal Plaza de Mayo del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA).

2) Dicha Orden de Pago interna se imputará contra la partida presupuestaria 9.3.1.0 "Gastos Figurativos de la Administración Nacional para Aplicaciones Financieras. Contribuciones a la Administración Central", con las características definidas en la Disposición Conjunta Nº 13/96 y 5/96 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, çrespectivamente.

3) Los Organismos Descentralizados emitirán una Autorización de Pago a favor del TESORO NACIONAL, a fin de cancelar la Orden de Pago interna.

4) Los Organismos Descentralizados dentro de las 24 horas de haber sido cancelada la Autorización de Pago, deberán informar tal situación a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN - Unidad de Gestión de Cobranzas (Piso 4 Oficina 436) -, mediante una Nota que contendrá el número y la fecha del efectivo pago de la mencionada Autorización de Pago.

5) Asimismo, confeccionarán un Formulario C-10 "Informe de Recursos" (original y copia), siguiendo el procedimiento establecido por la Resolución Nº 562/94 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y modificatoria.

6) En el Formulario C-10 "Informe de Recursos" deberán marcar la casilla "Recaudación", formas de percepción "Banco" e imputando la partida 4.1.3.2 subconcepto 99 "Contribuciones de Instituciones Descentralizadas para Aplicaciones Financieras", debidamente firmado por los responsables que correspondan.

7) Dicho formulario será presentado en la Dirección de Administración de Cuentas Bancarias de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con indicación del número de Autorización de Pago que originó el ingreso.

B) MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Aquellos SERVICIOS ADMINISTRATIVO FINANCIEROS, que eventualmente no cuenten con crédito presupuestario en la partida 9.3.1.0 "Gastos Figurativos de la Administración Nacional para Aplicaciones Financieras. Contribuciones a la Administración Central", deberán solicitar la pertinente modificación presupuestaria a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, mediante nota por duplicado.


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