PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE APORTES Y CONTRIBUCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE RETENCIONES IMPOSITIVAS A FAVOR DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA PARA LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS.

A) APORTES Y CONTRIBUCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

1. El SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO deberá transmitir la AUTORIZACION DE PAGO (A/P) a favor del Beneficiario DGI indicando la cuenta bancaria nº 1122/32, Banco Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo, 24 horas antes del vencimiento de la obligación. La AUTORIZACION DE PAGO deberá indicar que es de TIPO "B" (BENEFICIARIO).

2. La TESORERIA GENERAL DE LA NACION emitirá la ORDEN BANCARIA (OB) al BANCO DE LA NACION ARGENTINA, con indicación del nº de AUTORIZACION DE PAGO y SAF emitente.

3. Al final del dia la TESORERIA GENERAL DE LA NACION transmitirá -vía TRANSAF- a cada Organismo el nº de ORDEN BANCARIA correspondiente a cada AUTORIZACION DE PAGO cancelada.

4. Al dia siguiente, es decir el dia de vencimiento, el Organismo deberá presentar en el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL los ACUSE DE RECIBO correspondientes, indicando en cada uno el nº de AUTORIZACION DE PAGO y ORDEN BANCARIA relacionadas.

5. Si dentro de las 48 horas de cancelada la AUTORIZACION DE PAGO (es decir, al dia siguiente al vencimiento de la obligación) el Organismo no presenta la documentación correspondiente, el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL devolverá los fondos al Tesoro, depositándolos en la cuenta nº 3855/19 de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, e informará a la misma a qué AUTORIZACION DE PAGO y ORDEN BANCARIA corresponde la devolución. La mora que se genere quedará a cargo del Organismo responsable del incumplimiento de la obligación. En tales casos, el Organismo responsable deberá presentar el formulario C75 en negativo para regularizar dicha devolución.

6. A los efectos de la presentación indicada en el punto 4, la misma deberá efectuarse a partir de las 12,00 horas, en las CAJAS Nº 1 y 2 del BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, sito en Hipólito Yrigoyen Nº 370.

7. En el momento de la presentación de las Declaraciones Juradas ante la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA a fin de que la misma extienda los respectivos ACUSES DE RECIBO, el Organismo deberá indicar que los mismos serán abonados con "CHEQUES 24 HORAS" a efectos de la imputación del pago por parte del BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.

B) RETENCIONES IMPOSITIVAS.

1. El SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO deberá transmitir la AUTORIZACION DE PAGO (A/P) a favor del Beneficiario DGI indicando la cuenta bancaria nº 1122/32, Banco Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo, 24 horas antes del vencimiento de la obligación. La AUTORIZACION DE PAGO deberá indicar que es de TIPO "R" (RETENCIONES).

2. La TESORERIA GENERAL DE LA NACION emitirá la ORDEN BANCARIA (OB) al BANCO DE LA NACION ARGENTINA, con indicación del nº de AUTORIZACION DE PAGO y SAF emitente.

3. Al final del dia la TESORERIA GENERAL DE LA NACION transmitirá -vía TRANSAF- a cada Organismo el nº de ORDEN BANCARIA correspondiente a cada AUTORIZACION DE PAGO cancelada.

4. Al dia siguiente, es decir el dia de vencimiento, el Organismo deberá presentar en el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL los formularios F105 correspondientes, indicando en cada uno el nº de AUTORIZACION DE PAGO y ORDEN BANCARIA relacionadas.

5. Si dentro de las 48 horas de cancelada la AUTORIZACION DE PAGO (es decir, al dia siguiente al vencimiento de la obligación) el Organismo no presenta la documentación correspondiente, el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL devolverá los fondos al Tesoro, depositándolos en la cuenta nº 3855/19 de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, e informará a la misma a qué AUTORIZACION DE PAGO y ORDEN BANCARIA corresponde la devolución. La mora que se genere quedará a cargo del Organismo responsable del incumplimiento de la obligación. En tales casos, el Organismo responsable deberá presentar el formulario C75 en negativo para regularizar dicha devolución.

6. A los efectos de la presentación indicada en el punto 4, la misma deberá efectuarse a partir de las 12,00 horas, en las CAJAS Nº 1 y 2 del BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, sito en Hipólito Yrigoyen Nº 370.


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