CIRCULAR Nº 2/00 de la Tesorería General de la Nación
BUENOS AIRES, 3 MAR 2000
SEÑOR JEFE DEL
SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO:
Me dirijo a usted en función de
lo dispuesto por el artículo 73 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, para comunicarle que
la Programación de Caja mensual deberá
ser remitida de conformidad a lo dispuesto por las Circulares de la Tesorería
General de la Nación 6/95 y 14/95, para
la Administración Central y los
Organismos Descentralizados, respectivamente.
En tal sentido, dicha
información deberá ser remitida dentro de los CINCO ( 5) dìas hábiles anteriores al inicio de cada mes
calendario, a la Dirección de Programación Financiera de la Tesorería General
de la Nación, Lic. Natalia Cortés, Oficina 431.
Cabe señalar que la mencionada
programación constituye un insumo básico para la asignación de las cuotas de
pago por parte de esta Dirección de Programación.
Saludo
a usted atentamente.
CIRCULAR Nº 2/00 T.G.N.