CIRCULAR Nº 2/00 de la Tesorería General de la Nación 


BUENOS AIRES, 3 MAR 2000

SEÑOR JEFE DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO:

Me dirijo a usted en función de lo dispuesto por el artículo 73 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, para comunicarle que la Programación de Caja mensual  deberá ser remitida de conformidad a lo dispuesto por las Circulares de la Tesorería General de la Nación  6/95 y 14/95, para la  Administración Central y los Organismos Descentralizados, respectivamente.

En tal sentido, dicha información deberá ser remitida dentro  de  los  CINCO ( 5) dìas hábiles anteriores al inicio de cada mes calendario, a la Dirección de Programación Financiera de la Tesorería General de la Nación, Lic. Natalia Cortés, Oficina 431.

Cabe señalar que la mencionada programación constituye un insumo básico para la asignación de las cuotas de pago por parte de esta Dirección de Programación.

Saludo a usted atentamente.

 

CIRCULAR Nº 2/00 T.G.N.