CIRCULAR Nº 6/95 de la Tesorería General de la Nación
BUENOS AIRES, 13 JUL 1995
REFERENCIA:
SISTEMA DE
CUENTA UNICA DEL TESORO - PROGRAMACION DE CAJA RECURSOS CON AFECTACION
ESPECIFICA.
SEÑOR JEFE DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO:
Atento
la implantación del sistema de la Cuenta Unica Del Tesoro en virtud del
Artículo 38 de la Ley Nº 24.447 y el Artículo Nº 73 y concordantes de la Ley de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, se comunica por medio de
la presente el procedimiento que deberá seguirse para la remisión de
información relativa a la programación de caja por fuente de financiamiento, en
especial para la fuente 13- Recursos con Afectación Específica.-
Con
tal motivo y en orden a captar la información básica que permita establecer las
bases de la programación de caja y fijación de límites financieros, cada
servicio administrativo financiero deberá confeccionar mensualmente un formulario
por cada fondo afectado, de acuerdo a los lineamientos que seguidamente se
detallan.
1-Contenido.
El encabezamiento: La
parte superior del formulario deberá contener los datos que identifican a la
entidad o al servicio administrativo financiero y la cuenta recaudadora
perteneciente al recurso afectado.
2-Estructura.
La estimación de los
recursos deberán presentarse por concepto y únicamente los que correspondan a
fuente de financiamiento 13.
La
información correspondiente a los pagos previstos deberá presentarse por clase
de gasto según la clasificación detallada en el cuerpo del formulario que se
anexa.
En el
total deberá consignarse la sumatoria de pagos programados .
La
proyección de pagos deberá adecuarse a las cuotas de compromiso y devengado debidamente
autorizadas por la Secretaría de Hacienda para el período objeto de
programación.
Para
el caso de reprogramación de cuotas deberá ser presentada una nueva
programación de caja dentro de los cinco días hábiles posteriores a que sea
aprobada dicha modificación.
Fecha
de presentación. El programa de caja mensual deberá ser remitido a la Tesorería
General de la Nación dentro de los tres días hábiles anteriores al inicio de
cada mes calendario. Asimismo, la información correspondiente al mes de julio
deberá ser presentada dentro de los cinco días hábiles posteriores a la
recepción de la Circular.
Lugar
de presentación. Se recepcionará en la Tesorería General de la Nación sita en
la oficina 431 del ME.yOy.SP, el formulario deberá estar debidamente validado
por el Señor Tesorero o Subtesorero o Jefe del Servicio Administrativo
respectivo.
Las
consultas podrán realizarse a la Dirección de Programación y Control de la
Ejecución Financiera de la Tesorería General de la Nación a los telef: 349-6382 Lic. Germán Tribuzzio o al 349-6358
-Lic. Miguel Arrasco.
CIRCULAR Nº 6/95
T.G.N.