ANEXO I


PROCEDIMIENTO PARA LA PROGRAMACIÓN DE CAJA

Los Servicios Administrativo Financieros deberán completar el formulario PROGRAMACION DE CAJA DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS que se acompaña en el ANEXO I/1, de acuerdo con los siguientes lineamientos:

1 - ENCABEZAMIENTO:

En la parte superior del formulario deberán completarse los datos que identifican al Organismo, el mes y año de la programación enviada.

2- ESTRUCTURA:

Cada Subperíodo de programación estará referido a una semana estadística del mes, a saber:

I     Semana del 1 al 7;
II    Semana del 8 al 15;
III    Semana del 16 al 23;
IV   Semana del 24 al 31.

La estimación de los recursos deberá presentarse por fuente de financiamiento.

La información correspondiente a los pagos previstos deberá presentarse por clase de gasto según la clasificación detallada en el cuerpo del formulario. En la columna del total deberá consignarse la sumatoria de los pagos programados.

 

3 - OTRAS CONSIDERACIONES:

La proyección deberá adecuarse a las cuotas de compromiso y devengado debidamente autorizadas por la Secretaría de Hacienda para el período objeto de la programación.

En caso de efectuarse una reprogramación de cuotas de compromiso y devengado, deberá ser presentada una nueva programación de caja dentro de los cinco días hábiles posteriores a que sea aprobada dicha modificación.

 

4 - LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION:

El programa de caja mensual deberá ser remitido a la DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL DE LA EJECUCION FINANCIERA de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, sita en la oficina Nº 432 del MEyOySP, dentro de los tres días hábiles anteriores al inicio de cada mes calendario.

Las consultas podrán efectuarse en la citada Dirección, a los teléfonos 349-6382 Lic. Germán Tribuzzio, o 349-6358 Lic. Miguel Arrasco.

 

5 - RECOMENDACIONES:

Deberá prestarse particular atención para asegurar la consistencia de los datos suministrados. En tal sentido se solicita que se realice un control entre el importe de gastos correspondiente a la fila de "acumulado mensual" con el importe consignado en "total pagado" para el período objeto de la programación.

Ante errores en la integración del formulario, la DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL DE LA EJECUCION FINANCIERA, procederá a solicitar la adecuación del mismo.

Cabe aclarar que el presente formulario es independiente del Cronograma diario de caja del cual se instruye en el ANEXO II.

Para aquellos Organismos incorporados a la Cuenta Unica del Tesoro se deja sin efecto la remisión de la información de la Programación de Caja - Formulario 8.

Por último, se recuerda que la remisión de la información estará sujeta a las normas establecidas por la Resolución Nº 226/95 de la Secretaría de Hacienda.

 

 

 

ANEXO II


PROCEDIMIENTO PARA LA PROGRAMACION DE LAS CUOTAS DE PAGO

 

Con el objeto de realizar la programación de las cuotas de pago por parte del Tesoro, los Servicios Administrativo Financieros deberán transmitir vía TRANSAF, el cronograma "diario" de pagos, indicando los siguientes datos:

1- EJERCICIO
2- SAF
3- FECHA
4- FUENTE DE FINANCIAMIENTO 
5- CUENTA RECAUDADORA.
6- IMPORTE

El citado cronograma podrá ser modificado con una antelación no inferior a dos días hábiles. Respetando dicha antelación, podrán transmitirse cronogramas diarios de pagos de varios días simultáneamente.

Los cronogramas diarios de caja deberán guardar consistencia con los datos consignados en el programa de caja.